SAT lanza nuevos formularios para realizar la Declaración Anual 2025

SAT lanza nuevos formularios para realizar la Declaración Anual 2025.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha lanzado un recordatorio urgente para todas las empresas, instándolas a presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, con fecha límite el 31 de marzo de 2025.

Este año, el SAT ha realizado mejoras en los formularios, incorporando la precarga de datos en ciertos campos, lo que simplifica el proceso de declaración. No obstante, el incumplimiento de esta obligación podría acarrear sanciones y multas considerables.

Documentos que se deben de precargar para realizar la Declaración Anual

Desde el pasado 1 de enero y hasta el 31 de marzo, las empresas deben de presentar la Declaración Anual, la cual cuenta con la precarga de los siguientes rubros: 

  • Ingresos: Ingresos de pagos provisionales efectivamente pagados
  • Devoluciones, descuentos y bonificaciones: CFDI de tipo ingreso  y egreso
  • Retenciones efectivamente pagadas: ISR sueldos y salarios, ISR asimilados a salarios, ISR servicios profesionales y RESICO, ISR arrendamiento
  • Nómina: Nómina pagada de salarios, nómina pagada de asimilados, PTU pagada, Retenciones de ISR salarios y asimilados efectuadas, Subsidio al empleo aplicado.
  • Remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores pagadas: Pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo.

¿Cómo son los nuevos formularios del SAT?

En el Régimen General, se introdujo un cambio en el apartado de “Gastos”, bajo el concepto de “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, donde ahora se incluye la precarga del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente tanto a ingresos como egresos, con métodos de pago de una sola exhibición (PUE) y pago en parcialidades o diferido (PPD).

En cuanto al apartado de “Participación de los Trabajadores en las Utilidades” (PTU pagada), se incorporó un nuevo campo denominado “PTU no deducible”.

Se mantiene la funcionalidad del apartado de “Remanentes de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores”, permitiendo agregar información correspondiente a los ejercicios fiscales de 2014 a 2023.

Además, se añadió el campo “Nómina deducible de periodos anteriores”, dirigido a las personas morales registradas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que incluye la nómina acumulada correspondiente al periodo de liquidación. También en el apartado de “Gastos” se incorporó la sección de “Devoluciones, descuentos y bonificaciones”, la cual ahora incluye la precarga de los pagos provisionales.

Secciones
Compartir esta noticia
Salir de la versión móvil